Complemento Carta Porte 3.0 quien sí y quien no esta obligado a emitirla.

El complemento Carta Porte 3.0 es un requisito para la factura electrónica en México que entró en vigor el 1 de abril del 2024. Este complemento tiene como objetivo fortalecer la seguridad en el traslado de bienes y mercancías en territorio nacional.

Te explicaremos a detalle quiénes están obligados a emitir una factura electrónica con complemento Carta Porte, así como las excepciones a esta obligación.

También te proporcionaremos información sobre la información que debe incluirse en el complemento Carta Porte y cómo puedes obtenerlo.

¿Quiénes están obligados a emitir una factura electrónica con complemento Carta Porte?

1. Empresas o personas que brindan servicios de transporte de bienes y/o mercancías:

  • Si recibes una contraprestación por el servicio de transporte:
    • Debes emitir una factura electrónica de tipo ingreso con complemento Carta Porte.
  • Si no recibes una contraprestación por el servicio de transporte:
    • Debes emitir una factura electrónica de tipo traslado con complemento Carta Porte.

2. Propietarios o poseedores de los vehículos y de las mercancías:

  • Si transportas en territorio nacional:
    • Debes emitir una factura electrónica de tipo traslado con complemento Carta Porte.
  • Si transportas en una zona local:
    • No estás obligado a emitir una factura electrónica con complemento Carta Porte.

Al final de la implementación podrás comprender y timbrar un CFDI de Ingresos y/o Traslado con Complemento Carta Porte en su versión 3.0, para así evitar ser multado por la autoridad cuando transporte mercancía en territorio federal.

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Excepciones a la obligación de emitir el complemento Carta Porte

  • Transporte local de bienes y/o mercancías.
  • Transporte de bienes y/o mercancías en vehículos con características que no excedan los pesos y dimensiones de un camión tipo C2, en un radio de distancia de 30 km.
  • Personas físicas o morales que proporcionen el servicio de transporte de carga y propietarios de vehículos de carga residentes en el extranjero.

Información que debe incluirse en el complemento Carta Porte:

  • Datos del transportista.
  • Datos del propietario o poseedor de los bienes y/o mercancías.
  • Datos del origen y destino de la mercancía.
  • Datos del vehículo utilizado para el transporte.
  • Descripción de la mercancía transportada.